Se informa al solicitante que, con el pago de la cantidad estipulada en el documento de pago que le será enviado por este mismo medio, quedará aceptada la contratación del alta de suministro. En caso de no efectuar el pago de la cantidad señalada antes de la fecha de caducidad o vencimiento igualmente fijada, la presente solicitud podrá quedar sin efecto si se hubiese producido variación de los precios, tarifas o condiciones aplicables, pudiendo en tal caso solicitar su renovación con arreglo a éstas.
******El firmante manifiesta bajo su responsabilidad que cuenta con las oportunas autorizaciones del resto de propietarios /arrendatarios /socios ….. si los hubiera.
En el caso de alta de contadores de obra, le indicamos que la duración del contrato del contador de obra está vinculada a la vigencia de la licencia de obra y sus correspondientes prórrogas, debiendo formalizar con EMALSA un nuevo contrato una vez finalizada la obra.
Asimismo, ambas partes, el solicitante y la empresa suministradora, se obligan a cumplir, una vez que el suministro se conceda y en todo lo que se relacione con el mismo, las normas contenidas en el Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable (BOP 20-11-1981 y www.emalsa.es) y en las restantes disposiciones en vigor sobre la materia.
Igualmente, se le informa de que la tramitación de esta solicitud quedará suspendida si constara, a nombre del interesado, alguna deuda pendiente de pagar a esta compañía.
En el caso de altas en locales comerciales que declaren no realizar actividad alguna en el momento de la contratación, le indicamos que una vez sea establecido el desarrollo de actividad, deberá informar a esta compañía a la mayor brevedad, evitando así una posible suspensión de suministro.
Igualmente, se le informa de que la tramitación de esta solicitud quedará suspendida si constara, a nombre del interesado, alguna deuda pendiente de pagar a esta compañía.
En el caso de no existir comunidad constituida y haber constituido el contrato del patrón a nombre de constructora / promotora o similar, se deberá realizar el cambio de titularidad a favor de la comunidad de propietarios en el momento en que dicha comunidad quede constituida. Los contadores individuales que se adhieran al contador patrón en dicha situación en el momento del cambio quedarán subrogados al nuevo titular del contrato patrón.